Contactar con el Colegio de Fisioterapeutas

Después de presentar una queja, recibirá una respuesta de un miembro del personal del Colegio en un plazo de dos días laborables. Si tiene preguntas o inquietudes, contacte con investigations@collegept.org o llame al 416-591-3828 ext. 227 ou 1-800-583-5885 ext. 227.

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Clips de audio sobre el procedimiento de queja 

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El Colegio ofrece servicios en inglés y en francés. Para otro idioma le podemos ayudar. Por favor envíe un correo electrónico a Comunicaciones o llame al 1-800-583-5885 ext. 234.

Cómo presentar una queja

La relación entre el fisioterapeuta y el paciente se basa en la confianza. Los fisioterapeutas deben seguir las normas y los estándares establecidos por el Colegio de Fisioterapeutas de Ontario y proporcionar cuidados seguros y éticos. El abuso de la confianza del paciente nunca es aceptable.

Inquietudes o quejas

Si tiene una inquietud o queja sobre los cuidados recibidos por parte de su fisioterapeuta, tiene derecho a presentar una queja ante el Colegio.
Correo electrónico: investigations@collegept.org
En Toronto: 416-591-3828 ext. 227
Número gratuito en Ontario: 1-800-583-5885 ext. 227

Cómo presentar una queja formal

Puede usar el formulario en línea para presentar una queja, puede presentarla por escrito o en forma de grabación, o puede descargar un formulario de queja para imprimirlo y enviarlo por correo electrónico o correo postal.

  • Correo electrónico: investigations@collegept.org
  • Fax: 416-591-3834
  • Dirección postal: 375 University Avenue, Suite 800, Toronto, ON M5G 2J5

Necesitaremos la siguiente información:

  • El nombre del fisioterapeuta. El personal puede ayudarle si no tiene el nombre exacto o puede buscar en línea usando el Registro Público del Colegio.
  • Su nombre e información de contacto.
  • El nombre del paciente (si presenta una queja en nombre de otra persona).
  • Información lo más detallada posible sobre su inquietud o el suceso que ha tenido lugar.

Presentar la queja en línea Descargar y llenar un formulario de queja

Informes obligatorios

La legislación de Ontario requiere que todos los proveedores de atención de salud y los operadores de centros, como los empleadores y los propietarios de clínicas, informen al Colegio en determinadas situaciones.

 Obtener más información

Definiciones de términos clave

Ley de Profesiones Sanitarias Reguladas:
La legislación que regula la práctica de los fisioterapeutas en Ontario. La segunda parte de la legislación se denomina Código de Procedimiento para las Profesiones Sanitarias (Anexo 2).

Denunciante:
La persona que presenta la queja ante el Colegio.

Partes:
La persona denunciante y el fisioterapeuta que participan en el proceso de queja o reclamación.

Panel:
Un grupo de personas que son miembros de la Comisión de Investigaciones, Reclamaciones e Informes (ICRC, por sus siglas en inglés) que están revisando un caso determinado.

Regulación de conducta profesional indebida:
El Reglamento de Conducta Profesional Indebida del Colegio ofrece una descripción de los actos que se consideran una mala conducta profesional.

Abuso sexual de un paciente:
El abuso sexual de un paciente por parte de un colegiado (fisioterapeuta) implica,
(a) relaciones sexuales u otras formas de relaciones sexuales físicas entre el colegiado y el paciente;
(b) tocamientos de carácter sexual al paciente por parte del colegiado; o
(c) comportamiento o comentarios de carácter sexual por parte del colegiado hacia el paciente.

Excepción:
El carácter sexual no incluye los tocamientos, el comportamiento o los comentarios de carácter clínico que son adecuados para el servicio proporcionado.

Incompetencia:
Situación en la que los cuidados profesionales de un fisioterapeuta a un paciente demuestran falta de conocimiento, habilidad, juicio o despreocupación por el bienestar del paciente de una naturaleza o un grado que demuestre que el fisioterapeuta no es apto para seguir ejerciendo la profesión o que la práctica del fisioterapeuta debe quedar restringida.

Incapacidad:
Situación en la que un fisioterapeuta sufre una afección o trastorno físico o mental que hace que sea deseable, en interés del público, que la práctica del fisioterapeuta quede sujeta a términos, condiciones o limitaciones, o que ya no se le permita ejercer la profesión.